Cambian reglas de colaboración eficaz: prohíben “corroboración cruzada” entre aspirantes

Escrito el jueves, 05 de febrero 2026
Instituto de Defensa Legal Policial

El Ejecutivo aprobó el D.S. N.° 003-2026-JUS, que modifica el Reglamento del D. Leg. 1301 (aprobado por D.S. 007-2017-JUS) para adecuarlo a la Ley 31990, la cual actualiza los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal y busca fortalecer el proceso de colaboración eficaz.

Entre los cambios más relevantes: el aspirante debe contar con abogado defensor (y se prevé defensor público si no tiene), se fijan plazos máximos para tramitar el acuerdo (8 meses, con prórrogas), se exige que la información sea útil y corroborable, se dispone el registro audiovisual de declaraciones y se prohíbe corroborar la declaración de un aspirante con la de otros.

La norma también refuerza la reserva y custodia del proceso, regula medidas de aseguramiento, protección y coerción, y precisa el uso de elementos de convicción en procesos derivados o conexos.

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