Mediante el D.Leg N.° 1734 se incorporó el art. 26-A en la Ley N.° 31061 para declarar reservada, durante el estado de emergencia, la información y documentos sobre patrullajes y operativos cuando su difusión implique riesgo para el orden interno, orden público o seguridad ciudadana.
Por ello, si en un operativo un ciudadano pide al policía la orden de operaciones, no es un documento de exhibición: el acceso se solicita por vía formal ante la entidad y puede ser denegado por la reserva. La excepción: no se reserva la información que sustenta decretar el estado de emergencia.
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