Mediante el D. Leg. N.° 1731 se incorporó el art. 200-A al Código Penal, creando el delito de “exigencia o requerimiento extorsivo” como una fase previa y autónoma a la extorsión, para permitir intervención penal temprana incluso antes de que se concrete el cobro.
Se sanciona a quien exija o requiera una ventaja indebida mediante violencia o amenaza con pena de 9 a 12 años, y de 12 a 15 años en casos agravados (vínculo criminal, uso de datos de la víctima, empleo de armas/explosivos, etc.).
Además, se incluye este nuevo delito dentro de la Ley 30077 de crimen organizado.
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