La reciente aprobación en primera votación de la ley que otorga a la Policía Nacional del Perú la facultad de realizar investigaciones preliminares ha generado una rápida respuesta por parte de la Fiscalía de la Nación.
En su comunicado, la Fiscalía ha señalado que esta medida podría ser inconstitucional, argumentando que vulnera las atribuciones establecidas en el artículo 159 de la Constitución, donde se indica que la conducción de las investigaciones corresponde al Ministerio Público.
Como integrantes de la PNP, es fundamental considerar las implicancias de esta situación. ¿Estamos ante una medida que fortalecerá nuestra capacidad de lucha contra el crimen, o existe un riesgo real de conflictos interinstitucionales que podrían afectar nuestro trabajo? ¿Qué opinas?
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