Mediante la Ley N° 32145, publicada el 29OCT2024, se ha modificado el artículo 40 de la Constitución Política del Perú, permitiendo que el personal médico y profesionales de salud con especialidad puedan ejercer un doble empleo o cargo en el sector público y recibir remuneración por ello.
¿Qué significa esta reforma?
- Los médicos y especialistas en salud de la PNP podrán desempeñar dos funciones remuneradas en el ámbito público.
- Este beneficio es exclusivo para servicios de salud, permitiendo que el personal contribuya a distintos sectores y reciba una doble remuneración.
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