Tiene por objeto dictar normas y procedimientos para el uso adecuado de los medios de policía no letales o menos letales, durante las operaciones policiales de control, mantenimiento y restablecimiento del orden público.

Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de cumplimiento obligatorio para el personal policial de los órganos y unidades orgánicas que directa o indirectamente participen en las operaciones de control mantenimiento y restablecimiento del orden público.