Mediante el D.S. N.° 015-2025-IN se modifica el Reglamento de la Ley del Serenazgo para adecuarlo a las Leyes 32292 y 32312. Los principales cambios:
- Nuevos medios de defensa: se incorpora la pistola eléctrica/electrochoque (junto con grilletes, bastón tonfa, aerosol pimienta, chaleco antibalas y escudos).
- Uso estrictamente regulado: solo para serenos capacitados y evaluados psicológicamente en centros certificados por el MININTER; exige entrenamiento en campo (polígonos/simuladores).
- Cámaras corporales obligatorias: quien porte pistola eléctrica debe usar cámara de video corporal con activación automática y resguardo de datos.
- Participación de la Policía: las municipalidades podrán capacitar al serenazgo con apoyo de la PNP mediante convenios; además, la PNP adecuará en 60 días su normativa de uso de la fuerza para incluir las pistolas eléctricas y acreditará a efectivos instructores.
- Financiamiento: a cargo de cada municipalidad.
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