Mediante el D.S. N.° 128-2025-PCM se aprueban disposiciones adicionales para ejecutar la Ley N.° 32451 (delitos por activación ilegal de líneas y posesión ilícita de SIM). La norma refuerza el control del proceso de comercialización, contratación y activación de servicios móviles y articula a OSIPTEL, PNP, Ministerio Público, Poder Judicial y municipalidades.
Claves del decreto:
- Acceso en línea a la data: OSIPTEL debe brindar a PNP, MP y PJ acceso directo a la información de comercialización/contratación/activación reportada por operadoras, incluyendo trazabilidad completa, ruta del SIM y personal interviniente.
- Confidencialidad: Las entidades que accedan a la data deben preservar su reserva.
- Control en calles: Las municipalidades distritales deben reportar en el día hábil siguiente cualquier punto de venta ambulatoria o en vía pública de chips/servicios móviles, con ubicación, operadora involucrada y datos de los responsables.
Objetivo: cerrar brechas que facilitan la activación fraudulenta, el uso criminal de líneas y la comercialización ilegal de SIM, fortaleciendo la seguridad ciudadana.
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