Publican nueva ley : empadronamiento y amnistía para armas de uso civil no registradas

Escrito el jueves, 13 de noviembre 2025
Instituto de Defensa Legal Policial

Se promulgó la Ley N.° 31694, que abre un proceso nacional de empadronamiento y amnistía para personas naturales o jurídicas que posean armas o municiones de uso civil sin registro, sin tarjeta de propiedad o con licencia vencida.

  • La SUCAMEC empadrona y recibe en depósito las armas mientras el propietario regulariza su licencia y tarjeta de propiedad.
  • Para militares y policías rige lo previsto en el art. 25 de la Ley 30299.
  • Habrá garantía de transparencia con participación de la Defensoría del Pueblo y posible apoyo de otros organismos; el proceso será difundido por medios estatales (y privados vía convenios).
  • Vigencia: 3 años desde su publicación. El Ejecutivo debe reglamentar la ley en 30 días; PNP y FF. AA. emitirán directivas de colaboración.

Cambios a la Ley 30299:

  • Art. 25.5: si fallece un miembro de FF.AA. o PNP con arma de uso particular, el destino del arma se rige por las disposiciones de su instituto.
  • Art. 41: tras 3 años de depósito en SUCAMEC, las armas incautadas/decomisadas/excedentes o entregadas voluntariamente podrán asignarse a la PNP, subastarse, donarse (p. ej., clubes de tiro o museos) o destruirse si corresponde.

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