Mediante el D.S. N.° 019-2025-IN, se modificó el art. 11 de los lineamientos aprobados por el D.S. N.° 003-2017-IN, ampliando los casos en los que se puede asignar personal policial en vacaciones o franco para realizar servicios policiales extraordinarios.
📌 ¿Qué se incorpora?
Se incorpora expresamente una nueva situación extraordinaria: atender de manera complementaria la seguridad en el transporte de dinero y valores, que realizan empresas de seguridad privada con autorización vigente.
⚠️ Punto clave:
Este servicio no se financia con presupuesto PNP, sino con cargo a la entidad solicitante.
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