Se publicó el D. Leg. N.° 1704, que crea un marco permanente para que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) pueda declarar en emergencia el servicio público de transporte cuando se presenten daños o peligro inminente en la infraestructura (vial, portuaria, aeroportuaria, ferroviaria e hidrovías) u otras situaciones similares que restrinjan o interrumpan severamente el servicio.
La norma crea un marco permanente para que el MTC declare en emergencia el servicio público de transporte y ejecute intervenciones inmediatas cuando exista daño o peligro inminente en la infraestructura, o cuando se afecte la seguridad e integridad de los usuarios.
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