Luego de ser aprobada por insistencia en el Congreso, ya se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N.º 32291, que modifica el D. Leg N.º 1186, norma que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP.
Esta ley autoriza expresamente el uso del arma de fuego por parte del efectivo policial en caso de flagrancia delictiva, incluso si el delincuente utiliza armas de fuego falsas, inoperativas, de juguete o aparentes.
🔴Lo más importante:
Si se detecta un peligro real para la vida del policía o de terceros, el agente está plenamente autorizado a abatir al delincuente en el acto, sin temor a represalias judiciales posteriores, siempre que actúe bajo los parámetros establecidos.
📌La norma también obliga al Ejecutivo a adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 1186 en un plazo máximo de 30 días calendario
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