El Congreso aprobó esta semana el Proyecto de Ley 5479/2022-CR, que permite de manera excepcional y por única vez la recategorización de suboficiales PNP con la carrera de abogado a oficiales de servicios. Este cambio estará sujeto a las vacantes aprobadas por la Comandancia General y requerirá la aprobación de un examen de conocimientos.
📥Si quieres revisar el proyecto de ley aprobado, puedes descargarlo AQUÍ.
Requisitos:
- Título Profesional: Poseer un título de abogado registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
- Edad Máxima: No superar los 40 años al 31 de diciembre del año del proceso de admisión.
- Tiempo de Servicio: Contar con un mínimo de 10 años de servicio ininterrumpido, real y efectivo en la PNP.
- Colegiatura: Estar colegiado como abogado y tener habilitación vigente.
- Situación Disciplinaria: No estar sometido a proceso administrativo o de investigación disciplinaria, ni a procesos judiciales por delitos dolosos.
- Sanciones: No tener sanciones por infracciones muy graves, acreditado por la unidad de personal correspondiente o la Inspectoría General de la PNP.
- Aptitud Física y Psicológica: Ser declarado apto física y psicológicamente por la Dirección de Sanidad Policial.
- Exámenes de Ascenso: No haber faltado a 2 procesos de ascenso ni haber desaprobado más de 3 exámenes para el grado inmediato superior.
- Antecedentes: No registrar antecedentes policiales, penales ni judiciales.