Mediante el Proyecto de Ley 621, 1554 y otros, se aprobó la expulsión inmediata de ciudadanos extranjeros sorprendidos en flagrante delito, sin que sea necesaria una sentencia firme para proceder.
Con esta medida, el juez podrá ordenar el retiro forzoso del país a quienes sean capturados cometiendo actos delictivos, estableciendo además que:
- No podrán reingresar al Perú durante el plazo máximo de la pena.
- Sus bienes pueden ser decomisados para asegurar la reparación civil.
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