Mediante la Ley N.º 32250, de fecha 19ENE2025, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se modifican los artículos 297 y 298 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, para fortalecer la lucha contra el tráfico ilícito de drogas en el Perú.
Penas Agravadas
✅Grandes cantidades de droga: Prisión de 15 a 25 años por tráfico de cantidades como:
- 20 kg de pasta básica de cocaína, 10 kg de clorhidrato de cocaína o 100 kg de marihuana.
- 15 g de éxtasis o 3 mg de fentanilo.
✅Cabecillas y vínculos con terrorismo: Penas de 25 a 35 años para jefes de organizaciones o casos relacionados con actividades terroristas.
Formas Atenuadas
- Pequeñas cantidades: Penas de 3 a 7 años para posesión de hasta 50 g de pasta básica de cocaína o 100 g de marihuana, entre otros límites.
✅Prevención del Consumo
Se declara de interés nacional la prevención del consumo de drogas, con programas de educación, rehabilitación y reinserción social a cargo de los Ministerios de Salud y Educación.
La Ley N.º 32250 refuerza la lucha contra el narcotráfico con medidas más estrictas y un enfoque preventivo.
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