ANEXO II: Sanciones Graves

Contra la Disciplina
COD INFRACCIÓN SANCIÓN
G1
Desobedecer disposiciones o instrucciones para el cuidado de la salud del personal policial, dictadas por profesionales o técnicos de la salud de la Policía Nacional del Perú.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G2
Emitir opinión sobre asuntos relacionados al servicio policial haciendo uso de los medios de comunicación social, sin autorización escrita del comando.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G3
Ser reincidente en extraviar el Carné de Identidad Personal, al no adoptar las medidas de seguridad necesarias para su cuidado y conservación.
De 1 a 4 días de sanción de rigor
G4
Tratar en forma arbitaria, vejatoria o discriminatoria al personal de la Policía Nacional del Perú, cualquiera sea su grado.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G5
Replicar airadamente al superior sobre hechos relacionados al servicio policial.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G6
Conducir vehículos policial sin poseer licencia vigente o no estar autorizado para su manejo u ordenar a quien no esté habilitado para tal actividad.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G7
Excederse hasta 48 horas en el uso de vacaciones, permisos o licencias, sin causa justificada.
De 2 a 4 días de sanción de rigor
G8
Incumplir o alterar intencionalmente el orden o los plazos en la recepción, trámite, emisión o remisión de documentos, siempre que se cause perjuicios.
De 2 a 6 días de sanción de rigor
G9
No comunicar a su comando sobre su descanso médico, dentro de las 6 horas de su expedición, o no entregar a su unidad la papeleta de descanso médico dentro de las 24 horas de emitida, sin causa justificada.
De 2 a 6 días de sanción de rigor
G10
No concurrir a las citaciones ordenadas por los órganos disciplinarios o cualquier otro nivel de comando, salvo causa justificada.
De 2 a 6 días de sanción de rigor
G11
No respetar o retrasar intencional-mente los procedimientos establecidos para los trámites administrativos internos del personal, previstos en las normas legales y reglamentarias.
De 4 a 8 días de sanción de rigor
G12
Presentarse a su servicio, dependencias de la Policía Nacional o superiores jerárquicos, habiendo ingerido bebidas alcohólicas.
De 4 a 8 días de sanción rigor
G13
Perder, ocasionar daños o no adoptar las medidas de seguridad con el armamento, vehículos, prendas, equipos, locales, productos farmacéuticos, medicinas, biomédicos, insumos u otros bienes de propiedad del Estado, sin perjuicio de su reposición o reparación.
De 4 a 8 días de sanción de rigor
G14
Faltar al servicio policial en tres (3) oportunidades durante un período de 30 días, sin causa justificada.
De 4 a 8 días de sanción rigor
G15
Entregar indebidamente a personal policial no autorizado armamento, munición, accesorios y equipo asignado para el servicio o no dar cuenta de su devolución al término del servicio.
De 4 a 10 días de sanción rigor
G16
Negarse a recibir una orden de sanción o a Armar su enterado, al ser notificado en un procedimiento de investigación disciplinaria o a recibir la resolución emitida por el órgano disciplinario competente de acuerdo a ley.
De 4 a 10 días de sanción rigor
G17
Faltar el respeto a los símbolos de la patria o institucionales.
De 4 a 10 días de sanción de rigor
G18
Modificar o alterar las instruciones específicas para el cumplimiento de órdenes o disposiciones vigentes, siempre que cause perjuicio al servicio policial.
De 4 a 10 días de sanción de rigor
G19
Negar el conducto regular o impedir el trámite de un reclamo o petición amparado en la normatividad vigente.
De 4 a 10 días de sanción de rigor.
G20
Ocultar, omitir o alterar información en documentos relacionados con el desempeño de la función, que cause perjuicios al servicio.
De 4 a 10 días de sanción de rigor
G21
Influir o valerse de influencias para que los órganos de administración de personal omitan en forma parcial o total, el cumplimiento de sus deberes en beneficio propio o de terceros.
De 4 a 10 días de sanción de rigor
G22
Reincorporarse sin causa justificada a la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, hasta 2 días despúes de haber cumplido una sanción disciplinaria de pase a la situación de disponibilidad.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G23
Ocasionar accidentre de tránsito con vehículo policial, sin estar autorizado para su manejo o con vehículo particular sin poseer licencia de conducir.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G24
Faltar de 2 a 5 días consecutivos a su Unidad o no presentarse por igual plazo al término de sus vacaciones, permisos, comisiones, licencias, sin causa justificada.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G25
Ingerir bebidas alcohólicas en unidades policiales o extrainstitucionales donde labora el pesonal policial; salvo en este último caso, que reponda a situaciones protocolares.
De 11 a 15 días de sanción rigor
G26
Incumplir directivas, reglamentos, guías de procedimientos y protocolos reguladas por la normatividad vigente, causando grave perjuicio a los bienes jurídicos contemplados en la presente ley.
De 11 a 15 días de sanción rigor
G27
Presionar al subordinado para que no efectúe reclamos o peticiones cuando le asiste este derecho o incitarlo a que interponga reclamos injustificados.
De 11 a 15 días de sanción rigor.
G28
Actuar con arbitrariedad al evaluar el desempeño del personal de la Polícia Nacional del Perú.
De 11 a 15 días de sanción rigor
G29 
Emplear términos vejatorios o irrespetuosos en el contenido de los escritos o recursos para los trámites internos o disciplinarios.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G30
Faltar a la verdad con la intención de perjudicar o favorecer a un superior, subordinado o de igual grado.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G31
Actuar con motivo del ejercicio de su función, discriminando por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G32
Formular imputaciones tendenciosas o temerarias contra de cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G33
Pemitir o no dar cuenta al tomar conocimiento de relaciones sexuales o actos contra el pudor entre personas que se encuentren bajo su responsabilidad o custodia.
De 11 a 15 días de sanción rigor
G34
No incorporarse al servicio policial dentro de las 48 horas de declarado el estado de emergencia o estado de sitio.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G35
Hacer insinuaciones, gestos, proposiciones obscenas o usar términos de naturaleza o connotación sexual, verbales o escritos o por cualquier otro medio, que resulten ofensivos.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G36
Dar en garantía o utilizar en forma indebida el Carné de Identidad Personal.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G37
Disponer o aceptar la ejecución de actividades ajenas a la función dentro de instalaciones policiales.
De 4 a 6 días de sanción de rigor

 


Contra el Servicio Policial
COD INFRACCIÓN SANCIÓN
G38
Fracasar en el cumplimiento de la misión o incumplir la responsabilidad funcional asignada, por desidia, imprevisión o carencia de inciativa.
De 4 a 10 días de sanción de rigor
G39
Negarse a recibir denuncia de competencia policial o no registrarla en el sistema de denuncias respectivo.
De 4 a 10 días de sanción rigor
G40
Hacer uso indebido del armamento del Estado o efectuar disparos con armamento afectado o particular sin causa justificada, habiendo sido identificado como personal policial.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G41
No incorporarse sin causa justificada a su unidad de destino o la más cercana en caso de desastres naturales, grave alteración del orden interno u orden público o cuando se decrete los regímenes de excepción.
De 6 a 10 días de sanción rigor
G42
Diagnosticar, prescribir o ejecutar en el paciente tratamientos  procedimientos que no correspondan al protocolo para su problema de salud.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G43
Valerse de influencias con la finalidad de no incorporarse a su unidad de destino o incumplir los plazos previstos para su incorporación con motivo de asignación o reasignación en el cargo; o no dar cumplimiento en los plazos legales con poner a disposición al personal a su mando cambiado de colocación.
De 6 a 10 días de sanción rigor
G44
Disponer o aceptar la ejecución de actividades ajenas a la función dentro de instalaciones policiales.
De 6 a 10 días de sanción de rigor
G45
No cumplir sus compromisos económicos al tener asignada una vivienda policial en guarnición o no entregarla al término del plazo y/o en las condiciones acordadas.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G46
Realizar acciones, operaciones o diligencias policiales no autorizadas.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G47
Establecer u otorgar privilegios o generar desventajas en la asignación o distribución de los recursos humanos, logísticos, económicos y financieros.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G48
Abandonar el servicio sin motivo justificado.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G49
Alejarse de su puesto de servicio al cual fue asignado para realizar actividades ajenas al mismo y como consecuencia de ello se produzcan hechos delictuosos o consecuencias graves, salvo causa justificada.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G50
No habilitar, perder o no presentar la documentación señalada en la normatividad vigente referida a la administración de recursos asignados por el Estado.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G51
Inducir u obligar, en su condición de profesional de la salud, al personal de la Polícia Nacional del Perú o familiares, a someterse a diagnósticos, procedimientos o tratamientos médicos particulares con fines de lucro.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G52
Coaccionar o amenazar por cualquiere medio, al personal de la Polícia Nacional del Perú, intimidándolo o presionándolo para que deje de cumplir con sus obligaciones.
De 11 a 15 días de sanción de rigor

 


Contra la Imagen Institucional
COD INFRACCIÓN SANCIÓN
G53
Realizar o participar en actividades que denigren la autoridad del polícia o imagen institucional.
De 2 a 6 días de sanción de rigor
G54
Incumplir sus obligaciones familiares alimentarias.
De 2 a 6 días de sanción de rigor
G55
Realizar actos indecorosos vistiendo el uniforme policial.
De 4 a 10 días de sanción de rigor

 


Contra la Ética
COD INFRACCIÓN SANCIÓN
G56
Agraviar al personal de la Policía Nacional del Perú que actúe como garante, al no cumplir un compromiso económico.
De 11 a 15 días de sanción de rigor
G57
Ejercer la defensa legal en procedimientos administrativos, así como en procesos judiciales contra la Institución o sus representantes; salvo en causa propia o en defensa del cónyuge, hijos, padres, hermanos; o con autorización expresa del comando institucional.
De 11 a 15 días de sanción de rigor