El presente Protocolo es de aplicación por el Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional del Perú, y en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio Público, entre otros que intervienen en la atención de la denuncia, acciones de difusión, investigación, búsqueda, ubicación y empleo de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición, conforme lo dispuesto en la Ley y su Reglamento.